Cuadro de clasificación

1. Área de identificación

1.1. Código de referencia

ES. 50297. AM 01.09.10

1.2. Título

Secretaría General y Servicios Jurídicos

1.3. Fecha(s)

1790

1.4. Nivel

Sección

1.5 Volumen y soporte de la unidad de descripción

Volumen: Más de 3900 unidades (entre cajas y libros)

2. Área de contexto

2.1 Nombre del o de los productor(es)

2.2. Historia institucional / Reseña biográfica

El cargo de Secretario tiene su origen en el escribano de los jurados o notario, que daba fe de los actos municipales y que aparecen ya en las Ordenanzas de Juan I de 1391 y posteriormente en las de Fernando I. Entre sus funciones estaban las de levantar acta de las sesiones del concejo (a través de los libros de Actos Comunes), extender las cartas y demás documentos municipales, testificar y dar fe sobre los acuerdos concejiles y extender las órdenes de pago y cobro para posterior cumplimiento por el mayordomo. Era elegido por los jurados, capítulo y consejo entre los cuarenta notarios de la ciudad. El régimen liberal del siglo XIX crea la institución del secretario, que sustituye a la de escribano. La Constitución de 1812 consagra la figura del secretario ("elegido por éste [el Ayuntamiento] a pluralidad absoluta de votos"). Las leyes de 1845 y 1877 confirman este cargo, detallando sus obligaciones. El secretario es, como lo fue el escribano, el eje central de la administración municipal: durante todo el siglo XIX fue jefe de todas las dependencias y servicios generales (registro, personal, contratación, estadística, elecciones, archivo...) Desde la ley 7/1985 el secretario ha perdido gran parte de sus funciones de jefe administrativo, reservándose fundamentalmente los asuntos de asesoramiento legal y fe pública. La ley 57/2003 de medidas para la modernización del gobierno local lo denomina Secretario General del Pleno, que lo es también de las Comisiones.

3. Área de contenido y estructura

3.1. Alcance y contenido

Esta documentación abarca más de siglo y medio y se refiere a asuntos tramitados en la Secretaría General del Ayuntamiento de Zaragoza: Registro de la Propiedad, Mercado, Mandamientos judiciales, Asuntos de seguridad, Correspondencia, Asesoría Jurídica.

3.2. Valoración, selección y eliminación

La documentación de la Secretaría General no se ha sometido a estudio de la Comisión Calificadora de Documentación Administrativa. No se ha realizado ningún expurgo o selección.

3.3. Nuevos ingresos

Ingresos no periódicos.

3.4. Organización

La documentación de la Secretaría General se ha conservado según la organización y ordenación que ofrece al ingresar en el Archivo: por una parte la documentación sobre corporaciones, ordenada por años y dentro de ellos por tipo de documentos, y por otra parte los documentos de la asesoría jurídica, agrupadas por asesor jurídico y cronológicamente.

4. Área de condiciones de acceso y utilización

4.2. Condiciones de reproducción

Es posible reproducción por fotocopia o digital a partir de originales, según la antigüedad o estado de conservación de los documentos.

4.5. Instrumentos de descripción

Existe un inventario informatizado.

5. Área de documentación asociada

5.3. Unidades de descripción relacionadas

Archivo Municipal de Zaragoza
01.05.01 Libros de Actas

7. Área de control de la descripción

7.2 Reglas o normas

Norma ISAD(G); Manual de descripción multinivel. Junta de Castilla y León.

Datos adicionales