Decreto: Instrucción sobre procedimiento de Promoción y Celebración de Encuestas Ciudadanas

  • Aprobación Definitiva

    Consejería de Participación Ciudadana y Régimen Interior
    01 octubre 2014

Texto Vigente

El Grupo de Trabajo para el "Estudio de la Regulación de las Encuestas Ciudad" se creó por acuerdo del Pleno del Consejo de la Ciudad de 27 de Noviembre de 2013. Se acordó abrir un plazo para que los miembros del Consejo de la Ciudad que desearan participar en el mismo lo comunicaran a la Oficina Técnica del Consejo de Ciudad, el plazo finalizó el 20 de Diciembre de 2013

El Grupo de Trabajo está constituido por los siguientes miembros: la Consejera de Participación Ciudadana y Régimen Interior, la Coordinadora de Participación Ciudadana y Régimen Interior, la Jefa del Servicio de Distritos, la Jefa de Unidad de la Página Web Municipal, un representante de cada uno de los siguientes grupos políticos municipales, Grupo Municipal Popular, Grupo Municipal CHA, Grupo Municipal IU, y un representante por cada una de las siguientes entidades, Federación de Asociaciones de Barrios de Zaragoz FABZ, Unión Vecinal Cesaraugusta, Asociación Vecinal de la Madalena "Calle y Libertal", Unión Sindical de CC.OO. Aragón, UGT Unión Regional, Asociación de Colegios Profesionales de Aragón. . ,

El citado grupo ha celebrado cuatro sesiones:

  • 3 Marzo 2014: 1ª sesión, en ella se analizó la dinámica del trabajo a realizar en las diferentes reuniones y por parte de la Unidad de la Web Municipal se dió a conocer un análisis histórico de las experiencias en esta materia de otras Administraciones y del Ayuntamiento de Zaragoza.
  • 23 Junio 2014: 2ª sesión, se acuerda elaborar por parte de la Unidad de la Web Municipal en colaboración con el Área de Participación Ciudadana, un documento de propuesta de regulación de las Encuestas Ciudadanas y remitirlo a todos los miembros del Grupo de Trabajo para su estudio, análisis y aportación de las sugerencias que se considerase oportunas en la próxima reunión.
  • 7 Julio 2014: 3ª sesión, se acuerda modificar la propuesta recogida en el documento "Instrucción sobre Procedimiento de Promoción y Celebración de Encuestas Ciudadanas " con las aportaciones acordadas en el Grupo, remitiendo de nuevo la propuesta modificada a todos los miembros.
  • 9 Septiembre 2014: 4ª sesión, se realiza las últimas modificaciones del texto de la citada Instrucción y se acuerda por unanimidad someterlo el la consideración del Consejo de la Ciudad como trámite previo a su aprobación por la Sra. Consejera de Participación Ciudadana y Régimen Interior.

En el Pleno del Consejo de la Ciudad del Ayuntamiento de Zaragoza de 29 de septiembre de 2014, se dio cuenta de las conclusiones del Grupo de Trabajo "Estudio Regulación Encuestas Ciudadanas", aprobándose por. unanimidad la propuesta de "Instrucción sobre Procedimiento de Promoción y Celebración de Encuestas Ciudadanas" y proponiendo su aprobación a la Consejería de Participación Ciudadana y Régimen Interior.

A la vista de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Delegación de Competencias otorgado por la Excma. Alcaldía-Presidencia con fecha 19 de enero de 2009; y en los artículos 17.b) y 33.b) del Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana, aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 28 de julio de 2005 y Decretos de la M.E. Alcaldía Presidencia de fecha 16 de abril de 2012, por el que se nombra Consejera de Participación Ciudadana y Régimen Interior, y 19, de abril de 2012 por el que se establece la estructura orgánica de la administración de Zaragoza y se adscriben los organismos públicos municipales, se propone se adopte por la Consejería de Participación Ciudadana y Régimen Interior el siguiente DECRETO:

PRIMERO.-Aprobar la "Instrucción sobre Procedimiento de Promoción y Celebración de Encuestas Ciudadanas", cuyo texto completo se adjunta.

SEGUNDO.-El presente Decreto se notificará a la web municipal para su publicación.

I.C.de Zaragoza, a 1 de octubre de 2014.
LA JEFA DEL SERVICIO

INSTRUCCIÓN SOBRE PROCEDIMIENTO DE PROMOCIÓN Y CELEBRACIÓN DE ENCUESTAS CIUDADANAS

  1. El Ayuntamiento establecerá los mecanismos necesarios para promover e incorporar de forma efectiva la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones de la gestión municipal.
    El Ayuntamiento canalizará la participación individual de los ciudadanos y las ciudadanas desde la Plataforma de Gobierno Abierto (GobiernoAbierto.zaragoza.es), espacio web en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, con el objetivo de facilitar servícios, herramientas para escuchar a la ciudadanía, poder conocer su opinión y en última instancia, hacer posible la Participación Ciudadana en la toma de decisiones, aprovechando las tecnologías de la información y la comunicación como medio para potenciar el carácter democrático de la actuación municipal, facilitando que el papel de la ciudadanía sea más activo y ganar en calidad de vida de la comunidad.
  2. La encuesta ciudadana será uno de los procesos participativos que el Ayuntamiento podrá abrir a través de la Plataforma de Gobierno Abierto.
    Por medio de la encuesta ciudadana el Ayuntamiento recogerá la opinión de los ciudadanos y ciudadanas sobre el funcionamiento de los servicios públicos de la ciudad de Zaragoza y asuntos de especial relevancia para la ciudad.
    Como todo proceso participativo tiene que contemplar de manera integral las fases siguientes:
    • a) Fase de información, mediante la cual se trata de difundir al conjunto de la ciudadanía afectada la materia o proyecto sobre el cual se pretende la participación, utilizando las técnicas metodológicas pertinentes. La información debe ser lo mas amplia posible, tanto sobre el tema objeto de debate, como sobre el procedimiento empleado, plazos, fases, ... para garantizar la transparencia del proceso y facilitar la participación.
    • b) Fase de debate ciudadano, mediante la cual y empleando las metodologías adecuadas se promueve el diagnóstico y debate de la ciudadanía. La ciudadanía puede formular los comentarios que crea convenientes. El Ayuntamiento pone a su disposición los canales y los mecanismos participativos que se crean más pertinentes según los casos.
    • c) Fase de decisión, en la que con carácter general el órgano administrativo municipal que tiene atribuida la competencia adopta la decisión o acuerdo sobre el tema objeto de consulta.
    • d) Fase de retorno, mediante la cual se haga público el resultado definitivo de la encuesta y se informe de los motivos y consideraciones en I.os que se basa la decisión adoptada, incluyendo la información relativa al proceso de participación pública. El Ayuntamiento publicará el informe en (GobiernoAbierto.zaragoza.es) y difundirá el mismo a través de las Redes Sociales y los medios de comul1icación.
    En la Plataforma de Gobierno Abierto (GobiernoAbierto.zaragoza.es) se publicarán los procesos de participación en vías de planificación o en marcha (activos o finalizados) y se facilitará toda aquella información y guías de uso que favorezca la participación ciudadana. Se considera recomendable promover la alfabetización digital y la participación democrática mediante campañas, materiales pedagógicos, talleres y tutoriales en formato multimedia o cualquier otro medio disponible.
  3. Podrá abrirse un proceso participativo por acuerdo del Gobierno de la Ciudad, bien a propuesta del Alcalde, del Consejero de un área municipal determinada, del Ayuntamiento Pleno, del Pleno Consejo de la Ciudad, o por solicitud de los ciudadanos con las requisitos establecidos a tal efecto en esta Instrucción, debiendo contar en todo caso con el informe favorable de la Consejería de Participación Ciudadana en el plazo máximo de 3 meses.
    Podrán solicitar la celebración de una encuesta ciudadana sobre asuntos de especial transcendencia para la ciudad, un conjunto de ciudadanos mayores de 14 años, empadronados en la ciudad que representen el 3 % del Padrón Municipal, salvo en. aquellos casos en que la Ley exija la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela. En el caso de solicitar la encuesta para un Distrito o un Barrio Rural, deberán representar el 10% del Padrón Municipal del Distrito o el 25% en el caso del Barrio Rural. No será necesario aportar más de 5.000 firmas en-el caso de las Juntas Municipales ni más de 500 en_el de las Juntas Vecinales.
  4. Las encuestas ciudadanas tendrán carácter consultivo no vinculante, al objeto de salvaguardar el ejercicio de las competencias del órgano que las tenga legalmente atribuidas y su finalidad será informar y conocer la opinión de la ciudadanía sobre cualquier tema de interés municipal, dentro de su ámbito competencial, incorporando la participación de la ciudadanía no asociada y fomentando la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones.
  5. Podrán participar en las encuestas los ciudadanos y las ciudadanas mayores de 14 años que estén empadronados en la ciudad de Zaragoza, salvo en aquellos casos en que la Leyexija la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela. No vulneración del derecho de protección de los y las menores.-Si se estableciese un proceso participativo a menores de 14 años se requerirá el consentimiento de padres, madres o quienes ejerzan su tutela, y se deberá articular un canal por el cual sus progenitores deberán prestar el consentimiento, debiéndose acreditar adecuadamente como tales. Esto quiere decir que sólo los y las mayores de 14 años podrán facilitar sus datos de carácter personal. ­
  6. El Ayuntamiento de Zaragoza favorecerá la participación ciudadana en las Encuestas a través de canales telemáticos, presenciales o mixtos, y será a través de la Plataforma Gobierno Abierto donde se coordinen las diferentes fases de las Encuestas Ciudadanas.
    • Canal telemático, por Internet, a través de la Plataforma de Gobierno Abierto (GobiernoAbierto.zaragoza.es) se exigirá ser titular de la Tarjeta Ciudadana o DNI electrónico con el fin de garantizar la seguridad del proceso.
    • Canal/Vía Presencial, se exigirá para su autenticación la presentación de la Tarjeta Ciudadana, DNI o pasaporte en vigor. Para facilitar la participación la ciudadanía podrá ejercer la participación presencial en las Juntas Municipales y Vecinales, para que el personal funcionario pueda proceder a la comprobación de los datos del Padrón Municipal.
    En las encuestas ciudadanas que utilicen el sistema mixto, telemático y presencial simultáneamente, sólo podrá utilizarse uno de los canales habilitados, telemático o presencial, al objeto de no existir duplicidades en la participación. Todos los ciudadanos y ciudadanas gozarán del mismo derecho en igualdad de condiciones, no pudiéndose atribuir mayor valoración a la participación de un ciudadano o ciudadana sobre otro en función de sus características personales, lugar de residencia o vía que eligiera para la participación.
  7. Toda encuesta ciudadana que se abra se publicará en GobiernoAbierto.zaragoza.es y se describirá con los siguientes campos: .
    • Fases del proceso que son abiertas a participación
    • Información sobre el tema objeto de debate
    • Calendario para la cumplimentación de la encuesta
    • Se .indicarán los canales a través de los cuales la ciudadanía podrá participar
    • Plazos para la presentación de resultados
    • Información sobre los servicios implicados en el proceso participativo
    • Informe de resultados. Se anexarán los comentarios realizados por la ciudadanía a través de las redes sociales
  8. La aparición de nuevos modelos, experiencias o sistemas que favorezcan la participación podrán ser incorporados a esta Instrucción, una vez aprobados por el órgano competente.
  9. El Ayuntamiento de Zaragoza en cualquier fase de la Encuesta podrá, en el supuesto de utilización indebida con fraude y dolo, exigir las responsabilidades oportunas.