Plan Parcial, iniciativa privada y sus modificaciones (X138)
Última Actualización: 16/10/2015 Concepto:
Instrumento de planeamiento de ámbito territorial que tiene por objeto regular la urbanización y edificación del suelo urbanizable y del suelo urbano no consolidado, desarrollando el Plan General mediante la ordenación detallada de uno o varios sectores.
En ningún caso puede modificar las determinaciones del Plan General.
Unidad Responsable: SERVICIO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN URBANÍSTICA
Las solicitudes se presentarán presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20, planta bj.), acompañando la siguiente documentación:
1) Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de: Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.) y Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional
3) Tres Proyectos visados por el Colegio Profesional correspondiente que contendrán:
a) Memoria.
b) Planos de información, ordenación y proyecto, incluyendo los mapas detallados de riesgos.
c) Catálogos.
d) Normas urbanísticas.
e) Plan de etapas.
f) Evaluación de los costes de urbanización y de implantación de servicios, analizando de manera detallada el impacto de la actuación en las Haciendas Públicas afectadas por la implantación y mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes, así como la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos y residenciales.
g) Documentación ambiental, sea el informe de sostenibilidad ambiental o la memoria ambiental, según proceda en función de la fase del procedimiento de aprobación.
El procedimiento de aprobación del Plan Parcial comienza con el acuerdo de aprobación inicial.
Previo al acuerdo de aprobación inicial constan los siguientes trámites:
Informe Técnico del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación.
Informes de los servicios municipales en atención a su competencia.
Remisión a informe de Organismos estatales, autonómicos o locales, en supuesto de concurrencia de intereses.
Informe Jurídico del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística, que habitualmente contiene la propuesta de resolución de aprobación inicial.
Aprobación inicial:
Comisión Técnica de Asesoramiento.
Consejo de Gerencia.
Gobierno de Zaragoza.
B. Ordenación e Instrucción
Información pública por plazo de un mes, como mínimo, en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón y Web Municipal.
Notificación personal a los propietarios del ámbito y demás interesados que no instaron el procedimiento.
Remisión del Proyecto a informe del Consejo Provincial de Urbanismo, que suspende el procedimiento hasta la remisión de todas las actuaciones por parte del Ayuntamiento.
Informes del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación y del Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística a las alegaciones presentadas en el trámite de información pública.
Informe del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación al documento de cumplimiento de prescripciones, en caso de que existan.
Informe del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística, que contendrá propuesta de resolución, en su caso.
C. Terminación
Aprobación definitiva con expresa resolución de alegaciones en su caso:
Comisión Técnica de Asesoramiento.
Consejo de Gerencia.
Comisión de Pleno de Urbanismo y Sostenibilidad.
Acuerdo del Ayuntamiento Pleno (mayoría simple).
D. Notificación y Publicación
Al interesado, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud: electrónico, postal o presencial.
El acuerdo de aprobación definitiva se publicará en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón y Web Municipal, junto con el contenido íntegro de las normas urbanísticas del plan parcial y no entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo de 15 días.
E. Traslados
Consejo Provincial de Urbanismo.
Sección de Información Urbanística del Servicio de Información y Atención al Ciudadano.
Servicio de Información Geográfica.
Dirección de Servicios de Gestión de Suelo e Intervención Urbanística.
Servicio de Licencias.
Infraestructuras.
Servicio de Distritos.
F. Archivo del Expediente
G. Especialidad en el procedimiento:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57.4 del texto refundido de la ley de urbanismo de Aragón, y por haber autorizado el Gobierno de Aragón a este Ayuntamiento de Zaragoza para que su intervención sea facultativa, en este tipo de procedimientos el Pleno puede aprobar definitivamente el plan, remitiendo este acuerdo, junto con un ejemplar aprobado definitivamente al Consejo Provincial de Urbanismo.