La Comisión de Instrumentos de la Semana Santa de Zaragoza depende de la Junta de Gobierno de la Junta Coordinadora de Cofradías, Hermandades y Congregaciones de la Semana Santa de Zaragoza.
Tiene como misión darle seriedad, realce y esplendor a la Semana Santa de Zaragoza, de la siguiente manera:
La Comisión estará presidida por el Hermano que la Junta de Gobierno elija entre sus miembros.
Estará formada por un máximo de cinco Cofradías, Hermandades o Congregaciones, representadas por sus Hermanos Mayores, Decanos, Presidentes o Rectores, dos delegados de instrumentos, que serán elegidos por el resto de los mismos para que les representen y por el Hermano Mayor, Decano, Presidente o Rector o Hermano que por delegación se diera de aquella Cofradía, Hermandad o Congregación que, por turno, le correspondiera organizar el Concurso y la Exaltación de Instrumentos.
Realizará las funciones de Secretario de la Comisión, uno de los Delegados de Instrumentos de las Cofradías, Hermandades o Congregaciones.
En ningún caso podrá coincidir como miembro de la Comisión, siendo de la misma Cofradía, Hermandad o Congregación, cualquiera de los Delegados de Instrumentos y el Representante de la Junta Coordinadora (Hermano Mayor, Decano, Presidente o Rector).
La comisión se encargará de recoger y tramitar la documentación necesaria para conseguir las pertinentes autorizaciones administrativas de todos permisos para ensayos de instrumentos de la Semana Santa.
Todos los años, antes del 30 de octubre, todas las Cofradías, Hermandades o Congregaciones de la Semana Santa de Zaragoza entregarán las fechas, lugares y horas, para iniciar los ensayos, a esta Comisión.
En caso de no ser presentada dicha documentación en las fechas anteriormente señaladas, se tramitará la documentación con el horario, lugar y fechas del año anterior.
La copia de la documentación presentada en el Organismo competente, podrá ser consultada por los interesados los días de reunión de la Comisión.
La Comisión de Instrumentos se reunirá tantas veces como el Presidente de la misma lo estime oportuno o ante la petición de al menos cinco de sus miembros.
Se establecen tres fechas fijas para reuniones de la Comisión:
Las decisiones de la comisión serán por acuerdo de sus miembros, en caso contrario, por mayoría simple en votación y, si hay un empate, decidirá el voto del Presidente de la misma.
La Comisión hará cumplir los acuerdos adoptados por la Asamblea General de la Junta Coordinadora en los temas que le competan.