11 mayo 2021
Nueva prórroga de los alquileres por el Covid-19 hasta agosto de 2021
Políticas de JuventudAlojamiento
Se ha aprobado recientemente otro Real Decreto-ley que permite de nuevo prorrogar los alquileres, en este caso los que finalicen entre el 10 de mayo y el 9 de agosto de 2021.
Los/as inquilinos/as que lo soliciten podrán acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses en los alquileres de vivienda, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor (misma renta) siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes o que el/la propietario/a necesite el piso para vivir él/ella.
Es decir, si tu contrato de alquiler finaliza entre el día 9 de mayo y el 9 de agosto, mediante esta solicitud podrás prorrogarlo hasta seis meses más desde la fecha de finalización (por ejemplo, si acaba el 1 de junio, se prorrogará hasta el 1 de diciembre). La única obligación que tienes es comunicarle al propietario/a de manera efectiva (burofax, carta certificada, correo electrónico, etc.) que deseas que se aplique la prórroga a tu alquiler. Eso si, tan solo se permite una prórroga por contrato, o sea que si ya la habías solicitado antes no cabe una segunda prórroga de otros seis meses.
Si tienes cualquier otra duda sobre este tema o necesitas ayuda para formalizar algún documento puedes ponerte en contacto con la asesoría jurídica de la Bolsa de Vivienda y te asesoraremos de forma gratuita.
Los/as inquilinos/as que lo soliciten podrán acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses en los alquileres de vivienda, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor (misma renta) siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes o que el/la propietario/a necesite el piso para vivir él/ella.
Es decir, si tu contrato de alquiler finaliza entre el día 9 de mayo y el 9 de agosto, mediante esta solicitud podrás prorrogarlo hasta seis meses más desde la fecha de finalización (por ejemplo, si acaba el 1 de junio, se prorrogará hasta el 1 de diciembre). La única obligación que tienes es comunicarle al propietario/a de manera efectiva (burofax, carta certificada, correo electrónico, etc.) que deseas que se aplique la prórroga a tu alquiler. Eso si, tan solo se permite una prórroga por contrato, o sea que si ya la habías solicitado antes no cabe una segunda prórroga de otros seis meses.
Si tienes cualquier otra duda sobre este tema o necesitas ayuda para formalizar algún documento puedes ponerte en contacto con la asesoría jurídica de la Bolsa de Vivienda y te asesoraremos de forma gratuita.
Más información
- Bolsa de Vivienda. Juventud Zaragoza Teléfono: 976 721 880/976 721 881