En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 20.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece la Tasa por Servicio de Extinción de Incendios, Salvamentos y Asistencias Técnicas, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado texto legal.
Personal por hora o fracción | Euros |
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1.Jefe del Servicio | 31,75 |
2.Jefe de Guardia -Médico | 26,10 |
3. Suboficial - A.T.S | 19,55 |
4. Sargento | 17,65 |
5. Cabo | 15,15 |
6. Bombero | 14,60 |
Vehículos y medios materiales (por hora o fracción) | Euros |
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1. Autoescala o vehículo especial | 12,00 |
2. Autobomba-tanque - Ambulancia | 10,65 |
3. Jeep, furgón o turismo | 6,00 |
4. Motobomba, compresor y similares | 3,30 |
5. Extintor | 12,00 |
6. Cada 10 litros espumógeno | 71,55 |
7. Tercio manguera Ø 25 mm | 1,02 |
8. Tercio manguera Ø 45 mm | 1,02 |
9. Tercio manguera Ø 70 mm | 1,02 |
10. Equipo completo de inmersión | 8,95 |
11. Lancha con motor fuera-borda | 9,60 |
12. Alquiler de cisterna (incluido máquina de humo, agua y gas) | 140,80 |
13. Furgón de transportes varios con brazo articulado | 24,05 |
14. Moto náutica | 17,10 |
15. Vehículo del puesto sanitario avanzado | 16,00 |
16. Puesto sanitario avanzado | 57,10 |
Prestación de servicios sanitarios (por persona) | Euros |
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1. Asistencia por ambulancia medicalizada (soporte vital avanzado) con posterior traslado en la misma o en ambulancia básica (soporte vital básico) | 244,35 |
2. Asistencia por ambulancia medicalizada y alta en el lugar | 126,75 |
Prestación de servicios de formación, entrenamiento y utilización de las instalaciones propias del Cuerpo de Bomberos | Euros |
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Prácticas con extintores: | |
Hasta 10 personas y 1 ext./persona | 42,15 |
Hasta 20 personas y 1 ext./persona | 36,50 |
Por cada extintor más | 30,70 |
Prácticas con mangueras | |
Hasta 10 personas | 15,15 |
Hasta 20 personas | 13,05 |
Prácticas con extintores en contenedor de fuego | |
Hasta 10 personas y 1 ext./persona | 43,00 |
Hasta 20 personas y 1 ext./persona | 37,10 |
Por cada extintor más | 31,25 |
Prácticas con mangueras en contenedor de fuego | |
Hasta 10 personas. | 15,60 |
Hasta 20 personas | 13,35 |
Clases de teoría: | |
Hasta 10 personas, por hora | 6,70 |
De 10 hasta 20 personas, por hora | 5,85 |
Más de 20 personas, por hora | 5,35 |
Utilización de Aulas | |
Hasta 30 personas, por hora | 57,10 |
Hasta 90 personas, por hora | 105,45 |
Utilización de medios audiovisuales | |
Proyector de transparencia, por hora | 4,10 |
Televisor 25 pulgadas | 2,75 |
Proyector de diapositivas | 4,10 |
Magnetoscopio | 3,75 |
Cañón multimedia, por hora | 5,35 |
Ordenador portátil, por hora | 4,50 |
Máquina de formación de humo, por hora | 3,80 |
Utilización de material sanitario | |
Material de Soporte Vital Básico, por día | 160,25 |
Material de Soporte Vital Avanzado, por día | 371,50 |
Material de inmovilización, por curso | 31,80 |
Utilización de la piscina cubierta climatizada del Cuerpo de Bomberos | |
Vaso de 25 m. Entrenamiento, por calle y hora | 29,05 |
Vaso de 25 m. Competición por hora | 121,10 |
En el supuesto en que existan convenios suscritos entre el Excmo. Ayuntamiento y Federaciones y Clubes, las tasas serán las siguientes | |
Vaso de 25 m. Entrenamiento, por calle y hora | 4,90 |
Vaso de 25 m. Competición por hora | 20,95 |
Utilización del Polideportivo del Cuerpo de Bomberos | |
Utilización del Polideportivo (hora o fracción) | 22,05 |
Utilización torre de maniobras | |
Utilización de la torre de maniobras (hora o fracción) | 171,50 |
Implantación del Plan de Autoprotección
La implantación del Plan de Autoprotección constará, de una primera reunión donde se recogerán las necesidades de la empresa solicitante, y donde se diseñará conjuntamente, dependiendo de dichas necesidades, el simulacro de evacuación. El Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil, supervisará el simulacro. Posteriormente, se celebrará una segunda reunión con los jefes de equipo del plan de evacuación donde se presentará el informe del simulacro realizado.
Tarifas para la implantación del Plan de Autoprotección | Euros |
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Hasta 100 personas | 225,85 |
Por cada persona que exceda de 100 personas, se incrementará la tasa en 2,20 euros/persona | ---- |
Prácticas en Galería de Entrenamiento, con equipos respiratorios | |
Para realizar este tipo de prácticas, será imprescindible la presentación de un Certificado médico, en el que se especifique que el alumno puede realizar pruebas de esfuerzo (Grupo mínimo: 5 personas - Grupo máximo: 10 personas) Coste por persona. Duración media: 3 horas | 53,25 |
Curso contra incendios y salvamento nivel básico de 20 horas para el personal de empresas públicas y privadas | |
(Grupo mínimo: 10 personas-Grupo máximo: 30 personas) | 267,15 |
Curso contra incendios y salvamentos nivel medio de 53 horas para personal de empresas públicas y privadas | |
(Grupo mínimo: 10 personas-Grupo máximo: 30 personas) | 390,65 |
Curso contra incendios y salvamentos nivel superior de 110 horas para personal de empresas públicas y privadas | |
(Grupo mínimo: 10 personas-Grupo máximo: 30 personas) | 759,20 |
Curso de desencarcelación de 20 horas. 2 vehículos cada 6 pers | |
(Grupo mínimo: 6 personas - Grupo máximo: 12 personas) Coste por persona Por cada vehículo en exceso | 455,05 159,25 |
Curso de flashover de 24 horas | |
(Grupo mínimo: 6 personas - Grupo máximo: 12 personas) Coste por persona | 766,10 |
Curso de escalada de 20 horas | |
(Grupo mínimo: 6 personas - Grupo máximo: 12 personas) Coste por persona | 410,50 |
Curso de Buceo Profesional de Pequeña Profundidad (Grupo mínimo: 10 personas- Grupo máximo:20 personas) Coste por persona No incluida la manutención, traslados y estancia | 3.396,45 |
Curso de Buceador Especialista en Intervención Subacuática Prácticas en foso de buceo (2 prácticas) (Grupo mínimo: 6 personas- Grupo máximo:10 personas) Coste por persona | 318,40 |
Prácticas en diferentes medios acuáticos (12 prácticas) (Grupo mínimo: 6 personas- Grupo máximo:10 personas) Coste por persona No incluida la manutención, traslados y estancia | 2.441,20 |
Curso de Primeros auxilios de 10 horas (Grupo mínimo: 6 personas- Grupo máximo:12 personas) Coste por persona | 74,30 |
Curso de soporte vital básico de 10 horas Grupo de hasta 6 personas Grupo de hasta 12 personas) | 445,80 891,60 |
Curso de soporte vital avanzado de 10 horas Grupo de hasta 6 personas Grupo de hasta 12 personas) | 636,85 1.273,65 |
Curso de capacitación para prácticas de salvamento acuático para tripulante de cabina de 10 horas (Grupo mínimo: 6 personas- Grupo máximo:12 personas) Coste por persona | 127,35 |
Prácticas de salvamento acuático para tripulante de cabina Hasta 12 personas la hora | 21,25 |
Curso de acceso a espacios confinados de 8 horas (Grupos de 6 personas) Coste por persona | 84,90 |
Epígrafe 5. Documentación fin de obras e instalaciones
De acuerdo con el artículo 2.1 de la vigente Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Zaragoza, finalizadas las obras e instalaciones y antes de la apertura de las actividades, deberá presentase el correspondiente Certificado Técnico de cumplimiento de la reglamentación vigente, que necesariamente deberá incluir planos con el estado final de las obras e instalaciones, tanto en papel como en soporte informático estandarizado.
En el supuesto que no se incorpore la información de fin de obra informatizada, el Ayuntamiento, ejecutará dicho trabajo, devengando la siguiente tasa.
Tamaño del plano | Euros |
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Tamaño del plano A4 o página escrita (210 x 297 mm) | 37,80 |
Tamaño del plano A3 (297 x 420 mm) | 63,05 |
Tamaño del plano A2 (420 x 594 mm) | 88,25 |
Tamaño del plano A1 (594 x 841 mm) | 107,25 |
Tamaño del plano A0 (841 x 1189 mm) | 126,15 |
De acuerdo con los datos que certifique el Cuerpo de Bomberos, los servicios tributarios practicarán la liquidación que corresponda, que será notificada y recaudada en la forma y plazos señalados por el Reglamento General de Recaudación.
Tipo | Euros |
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1. Autoescala y vehículos especiales | 12,00 |
2. Autobomba-tanque - Ambulancia | 12,00 |
3. Jeep, furgón y turismo | 9,70 |
En todo lo relativo a las infracciones tributarias y su calificación, así como a las sanciones que a las mismas corresponden, se aplicarán las normas de la Ordenanza Fiscal General, de conformidad con la legislación general tributaria.