Obras de Pavimentación y renovación de servicios la calle Santa Inés, mediante procedimiento negociado con publicidad: Adjudicación Definitiva
Expediente: 53881/09.
DECRETO DEL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A CATORCE DE MAYO DE DOS MIL NUEVE.
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado con publicidad, las obras de PAVIMENTACIÓN Y RENOVACION DE SERVICIOS DE LA CALLE SANTA INES, cuyo presupuesto de licitación es de 769.913,24 euros IVA excluido; 893.099,36 euros, IVA incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa ARASCON VIAS Y OBRAS S.A. con C.I.F A-50113216 y con domicilio en Carretera Cogullada 11 - 50014 - por la cantidad de 678.755,51 euros IVA excluido; al que se adicionará la cantidad de 108.600,88 euros en concepto de IVA lo que supone un total de 787.356,39 euros IVA incluido y un plazo de ejecución de cuatro meses y medio y con las mejoras contenidas en su oferta.
De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 40, de las cuales 20 son trabajadores propios de la empresa y 20 trabajadores desempleados contratados durante su ejecución.
Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal (Servicio de Innovación y Desarrollo de Infraestructuras).
SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 17 de enero de 2009.
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.
QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
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