Acondicionamiento Casa de Juventud en Barrio de Casablanca: Adjudicación Definitiva
Expediente:0054436/09(Z-014)
DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA-ACCIÓN SOCIAL. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 25 DE MARZO DE 2009.
Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA-ACCIÓN SOCIAL, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:
PRIMERO.-Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad, las obras de "ACONDICIONAMIENTO CASA DE JUVENTUD EN BARRIO DE CASABLANCA", cuyo presupuesto de licitación es de 150.000,00 euros (I.V.A. excluido); 174.000,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa REFORMAS MARTÍN DEL POZO, S.L.L. con C.I.F B50897735 y con domicilio en C/ Román Izuzquiza, 3-5-7, Local Izquierda 50010 ZARAGOZA por la cantidad de 147.013,90 euros (I.V.A. excluido); 170.536,12 euros (I.V.A. incluido) con un plazo de ejecución de las obras entre 80 y 90 días. La obra será realizada por 10 trabajadores (5 de plantilla y 5 desempleados).
Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 28 de enero de 2009.
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.
QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCION SOCIAL
Fdo.: Fernando Gimeno Marín
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