Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado con publicidad, las obras de "RESTAURACIÓN DE FACHADAS Y CUBIERTAS. DECORACIÓN INTERIOR DEL TEATRO DEL MERCADO", cuyo presupuesto de licitación es de 465.499,14 euros (I.V.A. excluido), 539.979,00 euros (I.V.A incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa DAMARIM, S.L. con C.I.F. B-22179907 y con domicilio en C/ Valle Inclán s/n Polígono Industrial Canal de Monegros, 22270 ALMUDEVAR (Huesca), por la cantidad de 464.400,00 euros (I.V.A. excluido), al que se adicionará la cantidad de 74.304,00 euros en concepto de I.V.A. (16%), lo que supone un total de 538.704,00 euros (I.V.A. incluido), siendo el plazo de ejecución de las obras de 3 meses y 3 semanas y las mejoras presentadas en la oferta.
Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 29 de enero de 2009
TERCERO.-Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.-Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.
QUINTO.-El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
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08-05-2009 13:50:54
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