Pavimentación y renovación de servicios en la calle de las Rosas: Adjudicación Definitiva
Expediente: 43.093/09
DECRETO DEL SR. CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A TRECE DE MAYO DE DOS MIL NUEVE
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado con publicidad, las obras de PAVIMENTACION Y RENOVACION DE SERVICIOS EN LA CALLE DE LAS ROSAS, cuyo presupuesto de licitación es de 431.034,48 euros IVA excluido; 500.000,00 euros IVA incluido, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa OBEMCO, S.A con C.I.F A-50012798 y con domicilio en Pº María Agustín 7 entlo izda - 50004 - ZARAGOZA por la cantidad de 422.413,79 euros IVA excluido; al que se adicionará la cantidad de 67.586,21 euros en concepto de IVA lo que supone un total de 490.000,00 euros IVA incluido, con un un plazo de ejecución de 4 meses y con las mejoras recogidas en su oferta.
De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 42 de las cuales 36 son trabajadores propios de la empresa y 6 trabajadores desempleados contratados durante su ejecución.
Dichas obras se ejecutarán con sujeción al Proyecto, a los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.-El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 21 de enero de 2009.
TERCERO.-Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.
QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
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