Ayudas y Subvenciones

Subvenciones a entidades de protección animal

DESCRIPCIÓN

El presente documento tiene por objeto efectuar la convocatoria de subvenciones para la protección animal en 2023 destinadas a las entidades sociales e instituciones sin ánimo de lucro para que, desde su capacidad de influencia, inviertan sus esfuerzos sociales en actuaciones relacionadas con el bienestar y la protección animal y ayuda en la instrumentalización y refuerzos en situaciones de calamidades que favorezcan cambios en materia integral de protección animal en la ciudad de Zaragoza.

Esta Subvención se recoge en el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2023, aprobado por el Gobierno de Zaragoza el 21 de febrero de 2020 y actualizado el 11 de marzo de 2022, dentro de la Línea Estratégica nº 6: Medio Ambiente y Sostenibilidad.

MÁS INFORMACIÓN

  • En las Bases que aparecen en el apartado de Normativa
Dirigido a Personas Jurídicas

Requisitos

  • Desarrollar su actividad efectiva en la ciudad de Zaragoza y sus barrios rurales, acreditada como mínimo de 1 año en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza con una antigüedad mínima de un año desde el momento de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Conforme al art. 60 del Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana podrán optar a ser inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas: "todas las asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas, que se organicen democráticamente y que tengan como objetivos la defensa, el fomento o la mejora de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos del municipio, cuyo ámbito de actuación comprenda en todo caso el término municipal o parte de éste y tengan en él su sede social o una delegación estable" en el término municipal de Zaragoza.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Agencia Estatal Tributaria y Seguridad Social, en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes hasta la correcta justificación de la subvención que se conceda.
  • Acreditar la disposición de un Plan de Igualdad en caso de ser obligatorio conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

Pago

El pago se efectúa por la Administración municipal a través de la Unidad Central de Tesorería una vez justificada la subvención, sin embargo, dada la especial naturaleza de las asociaciones que concurren a estas subvenciones y su finalidad de interés público, se podrán realizar pagos anticipados.

De acuerdo con lo establecido en el arl. 41.5 de la Ordenanza, en las subvenciones que se concedan por importe igual o inferior a 3.000 Euros, el pago del importe de los mismos será por la totalidad de la subvención concedida.



No será necesaria la presentación de garantía bancaria para el abono del pago anticipado en ninguno de los casos expuestos. No obstante para proceder al anticipo sera necesaria la previa solicitud del solicitante, donde manifieste la necesidad del pago anticipado para la ejecución del proyecto, debiendo a tal efecto acreditarlo mediante la correspondiente declaración responsable. (Anexo I (A)).



Para proceder al pago anticipado de la subvención del ejercicio 2021 deberá estar debidamente justificada la subvención obtenida en el ejercicio 2020.


Plazo Presentación

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón, Sección Provincia de Zaragoza.




  • Publicadas en el BOPZ de 18/10/2023.

  • Plazo de presentación: del 19/10/23 al 09/11/23.


FORMAS DE TRAMITACIÓN:

Por Internet

INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO

PROCESO:

1) La solicitud



Esta convocatoria tiene tramitación exclusivamente electrónica.



Las solicitudes se cumplimentarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza en la siguiente dirección:

Registro General (https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/11901)

y deberán presentarse necesariamente acompañadas de los documentos que se indican en la convocatoria, digitalizados en formato PDF.



Se tendrá como no presentada la documentación que se haga llegar por medios diferentes al indicado en el apartado anterior, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.



En caso de necesitar alguna aclaración en relación a la documentación a presentar podrán solicitar la información a través de la siguiente dirección de correo electrónico : proteccionanimal@zaragoza.es.



2) La justificación



La documentación se presentará conforme a lo dispuesto en el apartado anterior realizándose unicamente según los modelos que figuran como Anexos a estas Bases.


DOCUMENTACIÓN:

Las Entidades presentarán su solicitud únicamente mediante instancia según Anexo I que se acompaña a estas bases y debidamente cumplimentada en todos sus campos, suscrita por quien ostente la representación legal de la entidad o poder legal para ello, acompañada de la siguiente documentación:



1) EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA SUBVENCIÓN: (ANEXO I)




  • Instancia de solicitud de la subvención

  • Certificación del/la representante legal y de la composición de la Junta Directiva

  • Memoria General de la Entidad.

  • Memoria descriptiva del proyecto a realizar.

  • Certificación bancaria de titularidad de cuenta, en caso de no haberla aportado con anterioridad. (Descargar en: https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/39195).

  • Declaración de concurrencia de subvenciones 

  • Cuando las entidades soliciten por primera vez subvención al Ayuntamiento deberán presentar:

    • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal

    • Fotocopia de los estatutos de la entidad.





2) EN EL MOMENTO DE JUSTIFICAR LA SUBVENCIÓN: (ANEXO II)

(Documentación a presentar entre el 2 de enero y el 28 de febrero de 2024)




  • La documentación que acredite el cumplimiento de los criterios de valoración de la base undécima.


Órgano Gestor:

Oficina de Protección Animal
Avda. Cataluña , 60, Planta 2 - Zaragoza 50014