Agua

Agua. Inspección de reparaciones o sustituciones de Baterías de Contadores


Descripción

Cuando se quiere modificar,reparar o sustituir una batería de contadores, suele ser necesario retirar los contadores de su ubicación. Una vez terminada la intervención, el profesional autorizado que haya fectuado la obra ha de emitir un Certificado de Instalación para que se efectúe las inspecciones preceptivas, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 27 de junio de 2008, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el procedimiento administrativo para la puesta en servicio de las instalaciones de suministro de agua.

Pago


Según Ordenanza Fiscal nº 24.25.

Formas de tramitación


Presencial

Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de la DGA.
Edificio Pignatelli, Puerta 14 - Tel: 976 714 770.
Horario: de lunes a viernes. Información: de 8:30 a 15:00 h. Registro: de 9 a 14 horas

Documentación

1. SOLICITUD DE DESPRECINTO DE CONTADORES Consulte el procedimiento
2. CERTIFICACIÓN DE LA INSTALACIÓN Debe presentarse en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón.

Proceso

a) La empresa instaladora autorizada facilitará al Ayuntamiento un Certificado de Instalación, en el modelo normalizado por la Diputación General de Aragón en la Orden de 27 de junio de 2008, del Departamento de Industria y Turismo.(Consulte el apartado de Normativa).
b) El Ayuntamiento procederá a la inspección de los ítems siguientes:

  • Homologación de la batería y comprobación de certificado.
  • Dimensión de batería en función de superficie comercial.
  • Identificación de los puntos de consumo, según criterios municipales o criterios previamente acordados con el instalador.
  • Marcaje de la batería y cuadro resumen.
  • Concordancia del número de tomas y su identificación, con los datos del Certificado de Instalación. y con los puntos de consumo.
  • Correcta instalación de los contadores desmontados en sus posiciones.
  • La existencia de válvulas antirretorno en el punto de alimentación y en el resto de instalaciones que lo requieran (calibres iguales o superiores a 30 mm.).
  • La adecuación a las ordenanzas municipales aplicables de cualquier otro elemento del sistema de abastecimiento que sea objeto de modificación, reparación o sustitución.

c) Las incidencias detectadas, de las que quedará constancia en el acta, deberán ser subsanadas por el instalador presente en la inspección en el improrrogable plazo de diez días a partir del siguiente a la formalización del acta de inspección.
d) El instalador responsable de la subsanación de las deficiencias, será responsable de las acciones y omisiones que contravengan las normas aplicables, así como de la desobediencia a los mandatos de establecer las medidas correctoras señaladas por la Inspección Municipal. Estos supuestos constituyen infracción administrativa con la calificación de infracción leve, a los efectos de lo previsto en el artículo 197.2 de la Ley de la Administración Local de Aragón, por lo que serán objeto del preceptivo expediente sancionador.
Lugar de Presentación:
a) Si procede comunicación a la Comunidad Autónoma: Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo del Gobierno de Aragón. Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de la DGA.
Edificio Pignatelli, Puerta 14 - Tel: 976 714 770.
Horario: de lunes a viernes. Información: de 8:30 a 15:00 h. Registro: de 9 a 14 horas
b) En el resto de los supuestos: Gestión de Aguas de Aragón, S.A. C/ Comuneros de Castilla, 1. Local (esquina con Pº Echegaray y Caballero). Tel. 976 293 840. De lunes a viernes de 8,30 a 13,30 y de 15,30 a 18,30 h.

Órgano gestor


Unidad de Tasas y Precios Públicos

  • Vía Hispanidad, 20 - 50071
  • 976 72 4567,4558,3449
    • De lunes a viernes de 8 a 13 horas.
    • Si desea, puede solicitar Cita previa