Ayuntamiento de Zaragoza

Plan de Emergencia

Altavoz

Implantación y Mantenimiento

IMPLANTACIÓN

El Plan Municipal de Protección Civil de Zaragoza es una normativa local de obligado cumplimiento cuando sea aprobado por el Órgano Municipal competente y que además se adopta como rectora de su ámbito de aplicación, por su homologación por la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Aragón, quedando con ello integrado en la estructura aragonesa de gestión de emergencias.

Para que sus directrices resulten efectivas en situación de emergencia, debe contar con una base firme y con un desarrollo real en situación de normalidad, al objeto de que tenga un resultado adecuado, si fuese necesario activarlo.

A tal fin, el Ayuntamiento de Zaragoza asume la responsabilidad de su implantación, ejecutando las acciones expuestas en este capítulo, y una vez tramitado este Plan y aprobado por los órganos competentes de Ayuntamiento de Zaragoza, y Diputación General de Aragón, debe implantarse dentro de un periodo de tiempo suficiente pero lo más reducido posible.

Se establece, en consecuencia, a partir de la aprobación definitiva del Plan el siguiente calendario:

1º y 2º mes:

  • Constitución de la Comisión Local de Protección Civil.
  • Nombramiento del Comité Asesor y Gabinete de Información.
  • Notificación y envío de un ejemplar del Plan a la Delegación del Gobierno.
  • Notificación y envío de un ejemplar del Plan a los Jefes de Grupos de Acción.

3º mes:

  • Notificación a cada entidad o institución extramunicipal integrada en Grupos de Acción.
  • Difusión a todos los niveles ciudadanos.
  • Reunión de trabajo de Jefes de Grupos de Acción, convocados por el Jefe del Grupo de Intervención.

4º y 5º mes:

  • Reunión por separado de los Grupos de Acción, convocados por los respectivos Jefes, a fin de poner en común planes de movilización y colaboración.
  • Realización de listados complementarios de recursos.
  • Realización de listados de personas.

•  6º mes:

  • Programación de simulacros de emergencia, por separado de los Grupos de Acción.

Medios de Coordinación

Se garantiza el mantenimiento de los medios existentes en el CECOPAL y se ampliarán y mejorarán progresivamente, a fin de preservar al máximo su operatividad.

Dotación de medios específicos a los Grupos Operativos

Conforme a los riesgos inventariados, se mantendrán y perfeccionarán los medios municipales de apoyo a los grupos operativos para, en la medida de lo posible, prevenir tales riesgos o en su caso, afrontarlos con la máxima eficacia.

Información y formación de los integrantes del Plan Municipal de Protección Civil

Los integrantes del Plan Municipal de Protección Civil deben tener conocimiento de los mecanismos de su activación y deben asumir la importancia de su participación en el desarrollo de las actuaciones.

A tal fin, se establece su inclusión en un programa continuo de formación e información sobre los mecanismos del Plan de Emergencia Municipal y del mantenimiento y actualizaciones que se vayan ejecutando.

Divulgación a la Población

Se dará la máxima difusión al Plan Municipal de Protección Civil entre la ciudadanía, por ser la comprensión, aceptación e interiorización de sus objetivos, la mejor herramienta para la consecución de los fines por los que se confecciona.

Por tal motivo, se proveerá de un extracto del mismo a todos los colectivos y se promoverá un máximo consenso y participación en todas las acciones de mantenimiento y actualización que se acometan.

Comprobación mediante ejercicios y simulacros

Se comprobará el funcionamiento del sistema de gestión de emergencias y la movilización de los recursos incluidos en el mismo, mediante la realización de ejercicios y simulacros, tendentes a mantener la adecuada preparación de los medios disponibles, la disponibilidad de los recursos existentes y la necesaria coordinación de todos los integrantes del Plan Municipal de Protección Civil.

MANTENIMIENTO

Actualización del Plan

Tanto el cuerpo del Plan Municipal de Protección Civil de Zaragoza, como sus anexos, están sujetos a modificaciones que exija la evolución de la realidad local.

Este es el motivo por el que el Plan Municipal de Protección Civil se divide en un primer cuerpo de procedimiento normativo y en una serie de anexos al mismo, que forman conjunto con él, pero que se encuentran redactados en bloques independientes.

La actualización del Plan Municipal de Protección Civil se regirá por el siguiente procedimiento:

Mantenimiento continuo

De forma continuada, el Servicio Contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil, mantendrá actualizados los datos recogidos en el Plan Municipal de Protección Civil.

Se habilitarán tres vías principales para el mantenimiento del mismo:

  • Por medio de la Web Municipal con el acceso a zona restringida de usuarios.
  • Mediante el envío de datos en el formato de base de datos definido.
  • Mediante envío de fax al Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil.

Revisión anual

El Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil informará anualmente a la Comisión Local de Protección Civil del estado de actualización del Plan Municipal de Protección Civil, proponiendo en su caso la Comisión Local, los cambios que considere oportunos, para proceder a la revisión anual del documento.

Período de vigencia

Pasados cuatro años tras su aprobación en Pleno Municipal, aún cuando se considere que el Plan Municipal de Protección Civil se encuentra suficientemente actualizado en su redacción, se realizarán consultas a los órganos superiores del Gobierno de Aragón por si fuera necesaria alguna modificación a incluir y se procederá a efectuar el trámite de someter de nuevo al Pleno, la ratificación de todo el texto del Plan Municipal de Protección Civil, tras lo cual se solicitará a la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma la eventual homologación de lo aprobado.

Las modificaciones al Plan Municipal de Protección Civil seguirán el siguiente procedimiento:

Cualquier modificación a los anexos del Plan Municipal de Protección Civil será incorporada automáticamente y no necesitará de un procedimiento especial de aprobación por el Pleno Municipal a tal fin, por considerarse como trabajos normales de puesta al día, siendo el conjunto revisado cuando cumpla su período. Asimismo, las ligeras modificaciones referentes a la inclusión de alguna normativa legal que se proclame en el futuro o cualquier otra modificación puntual como cambios en cargos de responsables de grupos que no afecte al espíritu del Plan Municipal de Protección Civil, será incorporada como anexo provisional y no necesitará del trámite de sometimiento al Pleno de todo el texto, sino en su caso, la aprobación concreta por el Director del Plan y la eventual elevación al Pleno de tal modificación.

Ante circunstancias que exijan cambios profundos en el Plan Municipal de Protección Civil, se iniciará por el Servicio Contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil una revisión completa del mismo y serán llamados a consultas los diferentes integrantes de los Grupos de Acción que se citan en el Plan Municipal de Protección Civil y a la Comisión Local de Protección Civil, al objeto de elaborar un nuevo documento que será sometido a aprobación del Pleno Municipal a la mayor brevedad y una vez aprobado, se comunicará a la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma Aragonesa.