<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso_perfil><titulo_contrato>Servicio de bar-cafetería en el C.D.M Movera</titulo_contrato><titulo_anuncio>Adjudicación Provisional</titulo_anuncio><tipo>Adjudicación provisional</tipo><contenido_anuncio><![CDATA[<h3>DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL &Aacute;REA DE INFRAESTRUCTURAS Y PARTICIPACI&Oacute;N CIUDADANA.- EN LA I.C. DE ZARAGOZA A 13 DE JUNIO DE DOS MIL OCHO.</h3>
<p>Vista la documentaci&oacute;n obrante en el expediente y el informe y propuesta del Servicio de Contrataci&oacute;n y Patrimonio, este Consejero del &Aacute;rea de Infraestructuras y Participaci&oacute;n Ciudadana, en virtud de las atribuciones delegadas por la Junta de Gobierno Local en fechas 16 de enero y 22 de abril de 2004, y sesiones de  fechas de 29 de junio y 27 de julio de 2007, resuelve lo siguiente: </p>
<p><span class="destacado">PRIMERO.-</span> Adjudicar provisionalmente, el contrato administrativo especial del servicio de bar-cafeter&iacute;a en el C.D.M Movera a <strong>D. LUIS DANIEL BALLESTEROS JORDAN</strong> con D.N.I. N&ordm; 25204813X, y domicilio en C/ Don Pedro de Luna, n&ordm; 55, 2&ordm; , 50.010 Zaragoza, estableci&eacute;ndose un canon anual de 3.500,00 euros (tres mil quinientos euros).</p>
<p>El canon ser&aacute; revisado anualmente seg&uacute;n el aumento o disminuci&oacute;n resultante del &iacute;ndice de precios al consumo que se&ntilde;ale el Instituto Nacional de Estad&iacute;stica u organismo que venga a sustituirle en sus competencias.</p>
<p><span class="destacado">SEGUNDO.-</span> El plazo de vigencia del contrato, de conformidad con la cl&aacute;usula cuarta del pliego de condiciones administrativas particulares, ser&aacute; de dos a&ntilde;os naturales siendo la primera anualidad en el a&ntilde;o 2.008 la formada por el periodo comprendido entre el 1 de enero a 31 de diciembre. La  anualidad restante ser&aacute; la comprendida entre el 1 de enero del a&ntilde;o 2.009 al 31 de diciembre del a&ntilde;o 2.009.</p>
<p>Dicho plazo podr&aacute; prorrogarse anualmente por mutuo acuerdo expreso de las partes,  hasta un m&aacute;ximo de dos anualidades, comprendidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. </p>
<p>Ser&aacute; requisito imprescindible para la pr&oacute;rroga anual la presentaci&oacute;n del &uacute;ltimo justificante de pago de la contraprestaci&oacute;n correspondiente emitido por el Ayuntamiento. </p>
<p><span class="destacado">TERCERO.-</span> Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE D&Iacute;AS siguientes a la recepci&oacute;n de la notificaci&oacute;n de este decreto, constituya en la Tesorer&iacute;a Municipal en concepto de garant&iacute;a definitiva la cantidad de 350 euros.</p>
<p>Igualmente, y con car&aacute;cter previo a la firma del correspondiente contrato administrativo, para lo cual comparecer&aacute; cuando fuese requerido para ello, deber&aacute; presentar documento justificativo del pago de la p&oacute;liza de responsabilidad civil, de acuerdo con lo indicado en el Pliego de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares Espec&iacute;ficas.</p>
<p><span class="destacado">CUARTO.-</span> Dar traslado del presente acuerdo al Servicio de Gesti&oacute;n Tributaria a los efectos de que anualmente se giren los oportunos recibos al adjudicatario de conformidad con las previsiones de los pliegos de condiciones administrativas particulares.</p>
<p><span class="destacado">QUINTO.-</span>El Consejero del Area de Infraestructuras y Participaci&oacute;n Ciudadana, o persona que legalmente le sustituya, ser&aacute; el competente para la firma de cuanta documentaci&oacute;n precisare la debida efectividad del presente decreto.</p>
<p>EL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS Y PARTICIPACION CIUDADANA</p>
<p>Fdo.: Antonio Becerril Guti&eacute;rrez</p>]]></contenido_anuncio></aviso_perfil>