<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Otorgamiento de autorizaciones de uso especial del dominio público municipal para la explotación de vehículos de movilidad compartida (bicicletas mecánicas y eléctricas y ciclomotores o motocicletas eléctricos).: Anuncio de adjudicación</titulo><tipo>Adjudicación definitiva</tipo><contenido><![CDATA[<p>La <strong>Sra. Consejera de Servicios P&uacute;blicos y Movilidad</strong>, en virtud del Decreto de Alcald&iacute;a de 25 de junio de 2019, y de conformidad con lo previsto en la disposici&oacute;n final segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P&uacute;blico, <strong>con fecha 30 de julio de 2021</strong>, acuerda el siguiente decreto:</p>

<p><strong>PRIMERO.- </strong>Declarar v&aacute;lido el procedimiento de licitaci&oacute;n celebrado con objeto de otorgar autorizaciones de uso especial del dominio p&uacute;blico municipal para la explotaci&oacute;n de veh&iacute;culos de movilidad compartida (bicicletas mec&aacute;nicas y el&eacute;ctricas y ciclomotores o motocicletas el&eacute;ctricos), en los t&eacute;rminos se&ntilde;alados el los Pliegos de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares y en los Pliegos de Prescripciones T&eacute;cnicas, aprobados por Acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 26 de enero de 2021.</p>

<p><strong>SEGUNDO.-</strong> Adjudicar las autorizaciones de uso especial del dominio p&uacute;blico municipal para la explotaci&oacute;n de veh&iacute;culos de movilidad compartida (bicicletas mec&aacute;nicas y el&eacute;ctricas y ciclomotores o motocicletas el&eacute;ctricos) en la ciudad de Zaragoza a las ofertas presentadas por:</p>

<p><u>Lote 1 -Bicicletas</u></p>

<ul>
	<li>1&ordm;.- REBY RIDES, SL: 75,09 puntos (840 bicicletas). Condicionado al cumplimiento de la obligaci&oacute;n de disponer tel&eacute;fono de contacto permanente en lugar visible para el usuario en toda la flota de bicicletas</li>
	<li>2&ordm;.- IDRIBIK-MOBIKE: 70,50 puntos (1.250 bicicletas).</li>
</ul>

<p><u>Lote 2 -Ciclomotores y motocicletas el&eacute;ctricos</u></p>

<ul>
	<li>1&ordm;.- REBY RIDES, SL: 100,00 puntos (450 veh&iacute;culos).</li>
	<li>2&ordm;.- MOBILITAS FUTURUS, SL: 60,00 puntos (450 veh&iacute;culos).</li>
</ul>

<p>La adjudicaci&oacute;n y su aceptaci&oacute;n se producen en el estricto cumplimiento de las condiciones establecidas en los Pliegos de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares, en los Pliegos de Prescripciones T&eacute;cnicas y con sujeci&oacute;n a los compromisos adquiridos por cada una de las licitadoras mediante la presentaci&oacute;n de sus ofertas.</p>

<p>La presente autorizaci&oacute;n demanial tendr&aacute; una duraci&oacute;n de tres a&ntilde;os, con vigencia a partir del d&iacute;a siguiente a aqu&eacute;l en que se produzca la notificaci&oacute;n del acto de otorgamiento. Dicho plazo podr&aacute; ser prorrogado por un a&ntilde;o adicional por el mutuo acuerdo de las partes, sin que se genere ning&uacute;n tipo de obligaci&oacute;n econ&oacute;mica para el Ayuntamiento de Zaragoza.</p>

<p>Una vez cumplido el plazo de la autorizaci&oacute;n, o de su pr&oacute;rroga, o bien extinguida aqu&eacute;lla por otra causa, se cesar&aacute; en el uso del dominio p&uacute;blico.</p>

<p>Igualmente, los adjudicatarios vendr&aacute;n obligados a retirar los veh&iacute;culos en el momento en el que se lo comunique el Ayuntamiento, bien por expirar el plazo establecido, bien por concurrir cualquiera de las causas previstas en el art&iacute;culo 92.4 LPAP, y a dejar libre y expedito el espacio p&uacute;blico utilizado dentro del plazo de cinco d&iacute;as tras la extinci&oacute;n de la autorizaci&oacute;n por cualquier causa. En caso contrario, el Excelent&iacute;simo Ayuntamiento de Zaragoza proceder&aacute; a su retirada a costa del adjudicatario.</p>

<p><strong>TERCERO.- </strong>Requerir a las entidades propuestas como adjudicatarias para que en el plazo de diez d&iacute;as h&aacute;biles, a contar desde el siguiente a aqu&eacute;l en que se reciba el requerimiento, para que presenten la documentaci&oacute;n establecida en la cl&aacute;usula 15&ordf; del Pliego de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo se&ntilde;alado el &oacute;rgano competente para resolver proceder&aacute; a recabar la misma documentaci&oacute;n al licitador siguiente, por el orden en que hayan sido clasificadas las ofertas.</p>

<p>Asimismo los adjudicatarios deber&aacute;n constituir fianza definitiva por importe de 50.000,00 euros dentro del plazo al que se refiere la cl&aacute;usula 16.1 del Pliego de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares. Esta garant&iacute;a, que es conforme con lo establecido en el art&iacute;culo 92.6 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones P&uacute;blicas, responder&aacute; de la correcta reposici&oacute;n del dominio p&uacute;blico utilizado para la explotaci&oacute;n de los VMC. Asimismo responder&aacute; del cumplimiento de las condiciones a que est&aacute; sujeta la autorizaci&oacute;n, lo que es conforme con el contenido de la cl&aacute;usula 16.3 del Pliego de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares.</p>

<p><strong>CUARTO.-</strong> Independientemente de las propuestas de destino de las ofertas econ&oacute;micas realizadas por las empresas, prevalece lo dispuesto en la cl&aacute;usula 10&ordf; del Pliego de Prescripciones T&eacute;cnicas, donde se dispone que &laquo;(&hellip;) la empresa adjudicataria se compromete a promover y fomentar la movilidad sostenible con campa&ntilde;as de buenas pr&aacute;cticas en seguridad vial financiadas con al menos el 50% del canon anual establecido en su oferta. El desarrollo de estas campa&ntilde;as correr&aacute; por cuenta de la empresa adjudicataria, y deber&aacute; ser acordado con el Ayuntamiento&raquo;.</p>

<p><strong>QUINTO.- </strong>Comunicar a las empresas que actualmente explotan este tipo de veh&iacute;culos y que no han resultado adjudicatarias de la autorizaci&oacute;n demanial objeto del presente proceso licitatorio que deber&aacute;n proceder a la retirada de todos los VMP en el momento en que sean requeridos para ello dando cumplimiento en ese momento a lo previsto en la cl&aacute;usula 31&ordf; del Pliego de Cl&aacute;usulas Administrativas Particulares (cinco d&iacute;as desde la notificaci&oacute;n), con el apercibimiento de que, de no proceder a ello en el plazo indicado, la retirada se dispondr&aacute; su realizaci&oacute;n por los servicios municipales en ejecuci&oacute;n subsidiaria o se acordar&aacute; su desalojo por sus propios medios, siendo los gastos, da&ntilde;os y perjuicios que ello ocasione a costa del interesado.</p>

<p><strong>SEXTO.-</strong> Notificar a los interesados y dar traslado a Polic&iacute;a Local, al Servicio de Movilidad Urbana, a la Intervenci&oacute;n General Municipal, a la Agencia Municipal Tributaria y a la Tesorer&iacute;a.</p>

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]]></contenido></aviso>