<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>CM DE SERVICIOS PARA PRESENTACION DE CANDIDATURA CONVOCATORIA EUROPE DIRECT: Decreto de desistimiento</titulo><tipo>Anuncio de Licitación</tipo><contenido><![CDATA[<p>Mediante anuncio publicado en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Zaragoza el 1 de octubre de 2020, se convoc&oacute; licitaci&oacute;n para la adjudicaci&oacute;n por el procedimiento de contrato menor de servicios para &quot;PRESENTACI&Oacute;N DE CANDIDATURA CONVOCATORIA EUROPE DIRECT&quot;, con un presupuesto de 18.100 euros IVA incluido.</p>

<p>Posteriormente, se ha advertido que los criterios de valoraci&oacute;n para la adjudicaci&oacute;n del contrato de servicios, articulados &uacute;nicamente en base a la oferta econ&oacute;mica, no garantizan lograr la mejor relaci&oacute;n calidad-precio. Asimismo, tal y como establece la normativa de contrataci&oacute;n, existe la obligaci&oacute;n del &oacute;rgano de contrataci&oacute;n de velar por que el dise&ntilde;o de los criterios de adjudicaci&oacute;n permita obtener servicios de gran calidad, mediante la inclusi&oacute;n de aspectos cualitativos vinculados al objeto del contrato</p>

<p>En el marco de la nueva Ley de Contratos del Sector P&uacute;blico, resulta conveniente proceder a la revisi&oacute;n de los criterios de adjudicaci&oacute;n que se determinaron en la memoria descriptiva, circunstancia que justifica el desistimiento del procedimiento de la adjudicaci&oacute;n y proceder a una nueva licitaci&oacute;n.</p>

<p>Por todo lo anterior y de conformidad con lo establecido en el art&iacute;culo 63 y 152 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector P&uacute;blico, resuelvo:</p>

<p><strong>PRIMERO.-</strong> Desistir al procedimiento de adjudicaci&oacute;n del contrato menor del servicio &quot;PARA PRESENTACI&Oacute;N DE CANDIDATURA CONVOCATORIA EUROPE DIRECT&quot;&nbsp;de conformidad con lo dispuesto en el art&iacute;culo 152 de la Ley 9/2017 por los motivos expresados en los antecedentes de esta resoluci&oacute;n.</p>

<p><strong>SEGUNDO.-</strong> La presente resoluci&oacute;n se publicar&aacute; en el perfil del contratante, se notificar&aacute; a los licitadores, si los hubiera, y a la Intervenci&oacute;n General, y se inscribir&aacute; en el Libro de Resoluciones de &oacute;rganos unipersonales.</p>

<p>I.C. de Zaragoza a 5 de octubre de 2020</p>
]]></contenido></aviso>