<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Contrato Administrativo especial para la explotación del Centro de Incubación Empresarial Milla Digital-Edificio Cero Emisiones : Adjudicación</titulo><tipo>Adjudicación definitiva</tipo><contenido><![CDATA[<h3>DECRETO DEL ILMO. SR. VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA ECONOMÍA Y HACIENDA.-  EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A DIECIOCHO DE MARZO DE DOS MIL ONCE (Expediente: 1099858/10)</h3>
<p>Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Departamento de Contratación, este VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA ECONOMÍA Y HACIENDA, en virtud de las atribuciones delegadas por  el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:</p>
<p><strong>PRIMERO.-</strong> Excluir del proceso de licitación del contrato administrativo especial para la  EXPLOTACIÓN DEL CENTRO DE INCUBACIÓN EMPRESARIAL MILLA DIGITAL-EDIFICIO CERO EMISIONES a la Plica n.º 1 Expansión Retail S.L.  en aplicación de la Claúsula 11 del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares que establece que la documentación contenida en el sobre C no deberá contener datos de los cuales directa o indirectamente se deduzca el canon ofertado por el licitador, sopena de exclusión.</p>
<p><strong>SEGUNDO.-</strong> Adjudicar, por procedimiento negociado con publicidad en el perfil del contratante,el contrato administrativo especial para la  EXPLOTACIÓN DEL CENTRO DE INCUBACIÓN EMPRESARIAL MILLA DIGITAL-EDIFICIO CERO EMISIONES, a la Empresa MIRIARI INICIATIVAS CREATIVAS.S.L. NIF. B95419230 con domicilio en C/ Rodriguez Arias, 29, 4,º-48011 Bilbao, con importe total del canon de 36.000,00 ¿ y un plazo de duración del contrato de cuatro años, por los siguientes motivos, su visión de negocio, solución técnica y mejoras, dan respuesta a los requerimientos establecidos en el Pliego y su oferta de abono de canon es la más alta, por lo que la suma de los aspectos sometidos a  juicio de valor y los sometidos a fórmula artimética es la más elevada.</p>
<p>Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.</p>
<p><strong>TERCERO.-</strong> Con carácter previo a la formalización del contrato deberá acreditarse, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles, la constitución de la garantía definitiva y deberá presentar la documentación relacionada en la Claúsula 16 del Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares, quedando supeditada dicha formalización al cumplimiento de lo requerido. </p>
<p><strong>CUARTO.-</strong> El adjudicatario comparecerá dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida  para la firma del contrato. </p>
<p><strong>QUINTO.-</strong> Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.</p>
<p><strong>SEXTO-</strong> Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.</p>
<p><strong>SEPTIMO.-</strong> El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.</p>
<p>EL VICEALCALDE-CONSEJERO,- DEL ÁREA DE PRESIDENCIA ECONOMÍA Y HACIENDA,- Fernando Gimeno Marín</p>]]></contenido></aviso>