<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Dirección de obra de Construcción Escuela Infantil Parque Bruil, FEESL-65-2: Adjudicación Definitiva</titulo><tipo>Adjudicación definitiva</tipo><contenido><![CDATA[<h3>Z-10-065.2 Expediente: 0154396/10.</h3>
<h3>DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO VIVIENDA ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE.EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A VEINTIOCHO DE ABRIL DE 2010.</h3>
<p>Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero del Área de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:</p>
<p><strong>PRIMERO.-</strong> Adjudicar  definitivamente, por procedimiento abierto, tramitación urgente, el servicio de ¿DIRECCIÓN OBRA CONSTRUCCION ESCUELA INFANTIL PARQUE BRUIL,FEESL-65.2¿, cuyo presupuesto de licitación es de 177.102,00 euros (I.V.A. excluido);  al que se adicionará la cantidad de 28.336,32 euros   en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 205.438,32 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa IDOM ZARAGOZA, S.A., con C.I.F A-50313014  y con domicilio en C/ Argualas, nº 3, 2º, por la cantidad de 131.940,99 euros  (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 21.110,56 euros,  en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 153.051,55 euros (I.V.A. incluido) y las mejoras recogidas en su oferta.</p><p>De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución del servicio será de 16 personas, las cuales son todas de mantenimiento de empleo.</p><p>Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica.</p><p><strong>SEGUNDO.-</strong> El gasto derivado de la prestación del presente servicio  será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho servicio ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 12 de febrero de 2010.</p><p><strong>TERCERO.- </strong> Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello. </p><p><strong>CUARTO.-</strong> Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.</p><p><strong>QUINTO.-</strong> El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.</p>
<p>CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO,VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE<br/>Fdo.: Carlos Pérez Anadón</p>]]></contenido></aviso>