<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Ampliación de Edificio Servicios en C.M.F. San Gregorio, sito en C/ Cristo Rey s/n - 50015 - Zaragoza - FEESL - Z-10-45.1: Adjudicación Provisional</titulo><tipo>Adjudicación provisional</tipo><contenido><![CDATA[<h3>Expediente 153596/10, Z-10-45.1, 12153</h3>
<p>El Sr. Consejero del Area de Fomento y Deportes, con fecha 7 de abril de 2010, ha dictado el siguiente decreto:</p>
<p><strong>PRIMERO.-</strong> Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, tramitación urgente, las obras de AMPLIACIÓN DE EDIFICIO SERVICIOS EN C.M.F. SAN GREGORIO, SITO EN C/ CRISTO REY S/N - 50015 - ZARAGOZA - FEESL - Z-10-45.1, cuyo presupuesto de licitación es de 125.909,48 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de  20.145,52 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de  146.055,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa AGRACONSA EMPRESA CONSTRUCTORA S.A con C.I.F: A-50055060  y con domicilio en c/ Mariana Pineda nº 19 - 50018 - Zaragoza,  por la cantidad de  121.502,65 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 19.440,42 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de  140.943,08 euros   (I.V.A. incluido), un plazo de ejecución de las obras de 50 días naturales, un plazo de garantía adicional de  dos años y las mejoras recogidas en su oferta.	</p><p>De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 19, de las cuales 1  persona es personal de nuevo empleo proveniente de personas desempleadas de larga duración, con 18 jornadas. El número de personas a contratar por creación de nuevo empleo proveniente de personas desempleadas es de 10, con un número total de jornadas de 80. El número de personas a ocupar por mantenimiento de empleo es de 8 personas con un número total de jornadas de 32.</p><p>Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas obrantes en el expediente, oferta de la empresa, incluidas las mejoras propuestas, e instrucciones que curse la Dirección Técnica de las Obras.</p><p><strong>SEGUNDO.-</strong>  El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto  será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 12 de febrero de 2010.</p><p><strong>TERCERO.-</strong> Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería  Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 6.075,13 ¿, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones  del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.</p><p>Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. (486,01 euros) y los gastos de difusión y comunicación (243,01 euros) a los que se hace referencia en la clausula 11 del  Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.</p><p>El contratista aportará los datos siguientes: </p>
<ul><li>Número de trabajadores de la empresa, especificando si se trata de una micro empresa, pequeña, mediana o gran empresa o autónomo.</li><li>Sector de la actividad al que pertenece.</li></ul>
<p><strong>CUARTO.-</strong> Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.</p><p><strong>QUINTO.-</strong> Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.</p><p><strong>	SEXTO.-</strong> El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.</p>]]></contenido></aviso>