<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Asistencia técnica para la preparación, puesta en marcha, control y ejecución de verificaciones del art. 13 del Reglamento 1828/2006: Decreto de Modificación de la clausula h del Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares Específicas</titulo><tipo>Anuncio de Licitación</tipo><contenido><![CDATA[<h3>Expediente: 0910940/09</h3>
<h3>DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL &Aacute;REA DE HACIENDA, ECONOM&Iacute;A Y R&Eacute;GIMEN INTERIOR. EN LA I.C. DE ZARAGOZA A 1 DE OCTUBRE DE 2009.</h3>
<p>Vista la documentaci&oacute;n obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contrataci&oacute;n, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contrataci&oacute;n y Patrimonio, este Consejero del &Aacute;rea de Hacienda, Econom&iacute;a y R&eacute;gimen Interior en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:</p>
<p><strong>PRIMERO.-</strong> Modificar la cl&aacute;usula h) del Pliego de clausulas administrativas particulares espec&iacute;ficas para la contrataci&oacute;n del servicio consistente en la &quot;ASISTENCIA T&Eacute;CNICA PARA LA PREPARACI&Oacute;N, PUESTA EN MARCHA, CONTROL Y EJECUCI&Oacute;N DE VERIFICACIONES DEL ART. 13 DEL REGLAMENTO 1828/2006&quot; que deber&aacute; quedar redactado del tenor literal siguiente: </p>
<div class="sangrado">
<p><em><strong>h) Medios para justificar la solvencia econ&oacute;mica y financiera y t&eacute;cnica o profesional. (Sobre B).</strong></em></p>
<p><em>La solvencia econ&oacute;mica y financiera y t&eacute;cnica o profesional se acreditar&aacute; por uno de los siguientes medios:</em></p>
<p><em>1.- Documentaci&oacute;n que acredite estar clasificado como empresa de servicios en el Grupo U, Subgrupo 7, Categor&iacute;a C.</em></p>
<p><em>&Oacute; </em></p>
<p><em>2.- La solvencia econ&oacute;mica y financiera se acreditar&aacute; mediante declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnizaci&oacute;n por riesgos profesionales y la solvencia t&eacute;cnica mediante una relaci&oacute;n de los principales servicios o trabajos realizados en los &uacute;ltimos tres a&ntilde;os que incluya importe, fechas y el destinatario, p&uacute;blico o privado, de los mismos. </em></p>
</div>
<p><strong>SEGUNDO.-</strong>Este Consejero ser&aacute; el competente para la firma de cuanta documentaci&oacute;n precisare le debida efectividad del presente decreto.</p>
<p><strong>TERCERO.-</strong>El presente decreto deber&aacute; quedar inscrito en el Libro correspondiente.</p>
<p>EL CONSEJERO DEL &Aacute;REA DE HACIENDA, ECONOM&Iacute;A Y R&Eacute;GIMEN INTERIOR</p>
<p>Fdo.: Francisco Catal&aacute; Pardo</p>]]></contenido></aviso>