<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Obras para la construcción del edificio bar Campo Municipal de Futbol Montañana: Adjudicación Provisional</titulo><tipo>Adjudicación provisional</tipo><contenido><![CDATA[<h3>Expediente: 0070661/09</h3>
<h3>DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL &Aacute;REA DE FOMENTO Y DEPORTES.-  EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 30 DE ABRIL DE 2009. </h3>
<p>Vista la documentaci&oacute;n obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contrataci&oacute;n, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contrataci&oacute;n y Patrimonio, este CONSEJERO DEL &Aacute;REA DE FOMENTO Y DEPORTES, en virtud de las atribuciones delegadas por  el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:</p>
<p><span class="destacado">PRIMERO.- </span>Adjudicar  provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, las obras de &quot;CONSTRUCCI&Oacute;N EDIFICIO BAR CAMPO MUNICIPAL FUTBOL MONTA&Ntilde;ANA&quot;, cuyo presupuesto de licitaci&oacute;n es de 200.703,45 euros (I.V.A. Excluido); 232.816,00 euros (I.V.A.incluido), a la oferta m&aacute;s ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cl&aacute;usulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitaci&oacute;n y que corresponde a la formulada por la empresa CONSTRUCCIONES MARNI, S.L. con C.I.F B500909621 y con domicilio en P&ordm; CONSTITUCION, 8 LOCAL 50008 ZARAGOZA por la cantidad de 200.703,45 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionar&aacute; la cantidad de 32.112,55 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 232.816,00 euros (I.V.A. incluido) y un plazo de ejecuci&oacute;n de  tres meses y las mejoras ofertadas y admitidas.</p>
<p> De acuerdo con su oferta el n&uacute;mero total de personas a ocupar para la ejecuci&oacute;n de la obra ser&aacute; de 22, de las cuales 14 son trabajadores propios de la empresa y 8  trabajadores desempleados contratados durante su ejecuci&oacute;n.</p>
<p> Dichos trabajos se ejecutar&aacute;n con sujeci&oacute;n a los pliegos de cl&aacute;usulas administrativas y t&eacute;cnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Direcci&oacute;n T&eacute;cnica Municipal.</p>
<p><span class="destacado">SEGUNDO.- </span>El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto  ser&aacute; financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversi&oacute;n Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperaci&oacute;n Territorial con fecha 27 de enero de 2009</p>
<p><span class="destacado">TERCERO.-</span>Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO D&Iacute;AS siguientes a la publicaci&oacute;n de esta adjudicaci&oacute;n en el perfil del contratante, constituya en la Tesorer&iacute;a  Municipal en la forma prevista en el pliego de cl&aacute;usulas administrativas particulares la cantidad de <strong>10.035,17 euros</strong>,  en concepto de garant&iacute;a definitiva,  todo ello para responder de las estipulaciones  del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gesti&oacute;n, lo que acreditar&aacute; en el Servicio de Contrataci&oacute;n mediante la presentaci&oacute;n del correspondiente resguardo.</p>
<p> Asimismo, deber&aacute; presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorer&iacute;a Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.I.L. <strong>(1.003,52 euros) </strong>a los que se hace referencia en la clausula 11 del  Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.</p>
<p><span class="destacado">CUARTO.-</span>Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitaci&oacute;n.</p>
<p><span class="destacado">QUINTO.-</span>Este Consejero ser&aacute; el competente para la firma de cuanta documentaci&oacute;n precisare la debida efectividad del presente Decreto.</p>
<p><span class="destacado">SEXTO.- </span>El presente Decreto deber&aacute; quedar inscrito en el Libro correspondiente.</p>]]></contenido></aviso>