<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>Bacheo, extendido y suministro de aglomerado asfáltico para los trabajos de las brigadas del Servicio de Conservación de Infraestructuras: Adjudicación Definitiva</titulo><tipo>Adjudicación definitiva</tipo><contenido><![CDATA[<h3>Expediente: 0893336/08</h3>
<p>El Gobierno de Zaragoza, con fecha 3 de marzo de 2.009, ha adoptado el siguiente acuerdo:</p>
<p><strong>PRIMERO.-</strong> Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, el servicio de "BACHEO, EXTENDIDO Y SUMINISTRO DE AGLOMERADO ASFÁLTICO PARA LOS TRABAJOS DE LAS BRIGADAS DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS", con un presupuesto de licitación de 1.724.137,93 euros, al que se adicionará el 16 % de I.V.A. (275.862,07 euros), lo que supone un total de 2.000.000,00 euros, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa GRASFALTO, S.A. con C.I.F: A-50587211 y con domicilio en Camino del Abejar s/n, Garrapinillos (Zaragoza), con un descuento porcentual del 33,15 % al cuadro de precios unitarios relacionados en el punto 1.13 del pliego de prescripciones técnicas.</p>
<p>Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.</p>
<p><strong>SEGUNDO.-</strong> El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 INF 51111 21700,  RC: 090026.  La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los  presupuestos anuales correspondientes.</p>
<p><strong>TERCERO.-</strong> Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.  </p>
<p><strong>CUARTO.-</strong> El Consejero del Área de Infraestructuras y Participación Ciudadana será el competente para la firma de cuanta documentación precisare le debida efectividad del presente acuerdo.</p>]]></contenido></aviso>