<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><aviso><titulo>ENAJENACIÓN MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA, CON ADJUDICACIÓN A LA OFERTA ECONÓMICA MÁS VENTAJOSA CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, DE LA PARTICIPACIÓN MUNICIPAL DEL 44,70% EN LA PARCELA RESULTANTE 5 DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DEL AREA U-36-8, Bº SAN JOSÉ, DESTINADA A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA LIBRE.: Adjudicación</titulo><tipo>Adjudicación definitiva</tipo><contenido><![CDATA[<p>RESOLUCI&Oacute;N de 29 de Julio de 2026 del Gobierno de Zaragoza, por la que se declara v&aacute;lida la licitaci&oacute;n p&uacute;blica convocada para la enajenaci&oacute;n, con adjudicaci&oacute;n a la oferta econ&oacute;mica m&aacute;s ventajosa con varios criterios de adjudicaci&oacute;n, de la participaci&oacute;n municipal del 44,70% en la parcela resultante 5 del Proyecto de Reparcelaci&oacute;n del Area U-36-8, B&ordm; San Jos&eacute;, destinada a la construcci&oacute;n de vivienda libre. (Expte. 2933/26)</p>

<p><strong>PRIMERO.¿ </strong>Declarar v&aacute;lida la licitaci&oacute;n p&uacute;blica para la enajenaci&oacute;n con adjudicaci&oacute;n a la oferta econ&oacute;mica m&aacute;s ventajosa mediante una pluralidad de criterios, de una participaci&oacute;n indivisa de 44,70% de propiedad municipal en la parcela n.&ordm; 5 de las resultantes del proyecto de reparcelaci&oacute;n del &Aacute;rea de Intervenci&oacute;n U-36-8, ubicada en la calle Santa Gema del Barrio de San Jos&eacute;, destinada a uso residencial, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 107.1 y 108 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Arag&oacute;n, que a continuaci&oacute;n se describe:</p>

<p>PARCELA: La resultante N&ordm; 5 del Proyecto de Reparcelaci&oacute;n del &Aacute;rea U-36-8.</p>

<p>URBANA.- Finca n&uacute;mero cinco.- Terreno edificable en Barrio de col&oacute;n de esta Ciudad de Zaragoza, &Aacute;rea de Intervenci&oacute;n U-36-8 del Plan General Municipal de Ordenaci&oacute;n Urbana, calificado en el Plan Especial de Reforma Interior de la precitada &Aacute;rea de Intervenci&oacute;n como zonificaci&oacute;n residencial, de una superficie de quinientos noventa y tres metros ochenta y un dec&iacute;metros cuadrados.</p>

<p>Linda: Norte, finca resultante n&uacute;mero seis de este Proyecto de Reparcelaci&oacute;n, adjudicada a Espuelas Empresa Constructora, S.A.; Sur, finca resultante n&uacute;mero cuatro de este Proyecto de Reparcelaci&oacute;n, adjudicada al Excelent&iacute;simo Ayuntamiento de Zaragoza; Este, finca resultante n&uacute;mero cuatro de este Proyecto de Reparcelaci&oacute;n, adjudicada al Excelent&iacute;simo Ayuntamiento de Zaragoza; y Oeste, finca resultante n&uacute;mero ocho de este Proyecto de Reparcelaci&oacute;n, adjudicada como elemento procomunal de todo el conjunto residencial del &Aacute;rea &ndash;fincas resultantes cuatro, cinco, seis y siete&ndash;.</p>

<p>Aprovechamiento urban&iacute;stico: Le corresponde una edificabilidad de mil setecientos nueve metros y ochenta y seis dec&iacute;metros cuadrados, siendo su uso predominante el residencial y sus usos complementarios los permitidos por el Plan Especial.</p>

<p>N&uacute;mero de Viviendas: doce.</p>

<p>Titularidades:</p>

<ul>
	<li>AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA, con C.I.F. n&uacute;mero P5030300G, titular de una participaci&oacute;n indivisa de cuarenta y cuatro enteros y setenta cent&eacute;sima del pleno dominio por t&iacute;tulo de REPARCELACI&Oacute;N, inscrita el d&iacute;a 20 de abril de 2006, seg&uacute;n la inscripci&oacute;n 1&ordf; al folio 36, tomo 4561, libro 428, por Reparcelaci&oacute;n de fecha 30 de diciembre de 2005.</li>
	<li>PATRIMONIO DEL ESTADO, titular de una participaci&oacute;n indivisa de cincuenta y cinco enteros y treinta cent&eacute;sima del pleno dominio por t&iacute;tulo de REPARCELACI&Oacute;N, inscrita el d&iacute;a 20 de abril de 2006, seg&uacute;n la inscripci&oacute;n 1&ordf; al folio 36, tomo 4561, libro 428, por Reparcelaci&oacute;n de fecha 30 de diciembre de 2005.</li>
</ul>

<p>Otras circunstancias: Le corresponde una participaci&oacute;n en la finca n&uacute;mero ocho de la Reparcelaci&oacute;n finca registral 22738 al folio 48 de este Tomo, configurada como un espacio libre comunitario del Conjunto Residencial formado por las fincas de la reparcelaci&oacute;n de naturaleza residencial &ndash;finca de este n&uacute;mero y fincas registrales 22730, 22734 y 22736 a los folios 32, 40 y 44 de este Tomo&ndash;, de nueve enteros y veintiocho cent&eacute;simas por ciento.</p>

<p>Cargas: Servidumbre rec&iacute;proca de mancomunidad de uso del patio semiabierto o espacio libre interior de la manzana, definido por la l&iacute;nea de fondo m&aacute;ximo de la edificaci&oacute;n sobre esta finca y las fincas inscritas con los n&uacute;meros 22730, 22734 y 22736.&ndash; Inscripci&oacute;n 1&ordf; de fecha 20/04/2006.</p>

<p>Referencia catastral: 6711204XM7161B0001GW.</p>

<p>Finca registral: 22732 del Registro de la propiedad n.&ordm; 5 (IDUFIR 50021000466134).</p>

<p>Inventario General de Bienes: 3559-G</p>

<p>La finca n&uacute;mero cinco tiene una participaci&oacute;n en la finca procomunal de r&eacute;gimen OB REM (finca n&uacute;mero ocho de la reparcelaci&oacute;n) del 9,28%, que se describe a continuaci&oacute;n:</p>

<p>Urbana. Terreno en el Barrio de Col&oacute;n de la Ciudad de Zaragoza, &Aacute;rea de Intervenci&oacute;n U-36-8 del Plan General Municipal de Ordenaci&oacute;n Urbana, calificado en el Plan Especial de Reforma Interior del &Aacute;rea como zona residencial, espacio libre de propiedad privada. Se configura como elemento comunitario de las fincas edificables de car&aacute;cter residencial (fincas resultantes 4, 5, 6 y 7 del Proyecto de Reparcelaci&oacute;n del PERI U-36-8). Tiene forma alargada y discurre paralelo a la calle Santa Gema, siendo su superficie de 1.075,38 m&sup2;. Linderos recogidos en el Proyecto de Reparcelaci&oacute;n: Norte, tramo final de la v&iacute;a del Plan Especial que conecta la calle Neptuno con la calle Santa Gema; Sur, zona verde p&uacute;blica adjudicada al Ayuntamiento de Zaragoza; Este, fincas resultantes del Proyecto de Reparcelaci&oacute;n n.&ordm; 5, adjudicada al Ayuntamiento de Zaragoza y al Patrimonio del Estado, n&uacute;mero 4, adjudicada al Ayuntamiento de Zaragoza, n&uacute;mero 6 adjudicada a Espuelas Empresa Constructora y n&uacute;mero 7 adjudicada a Espuelas Empresa Constructora S.A. y Ayuntamiento de Zaragoza.</p>

<p>Adjudicaci&oacute;n.- Se constituye como elemento comunitario de las parcelas resultantes de la reparcelaci&oacute;n de naturaleza residencial, las cuales la tienen adscrita en r&eacute;gimen &ldquo;ob rem&rdquo; y, por tanto, con car&aacute;cter inseparable a las mismas, en las participaciones siguientes:</p>

<ul>
	<li>Parcela resto, n&uacute;mero 4B, finca registral 22.730 en cuanto a una participaci&oacute;n de veintinueve enteros ochenta y dos cent&eacute;simas por ciento (29,82%) &bull; Parcela n&uacute;mero 4A, finca registral 38.102, en cuanto a una participaci&oacute;n de cuarenta y dos enteros treinta y cuatro cent&eacute;simas por ciento (42,34%).</li>
	<li>Parcela n&uacute;mero 5, finca registral 22.732 en cuanto a una participaci&oacute;n de nueve enteros veintiocho cent&eacute;simas por ciento (9,28%). &bull; Parcela n&uacute;mero n.&ordm; 6, finca registral 22.734 en cuanto a una participaci&oacute;n de nueve enteros veintiocho cent&eacute;simas por ciento (9,28%).</li>
	<li>Finca resultante n.&ordm; 7, finca registral 22.736 en cuanto a una participaci&oacute;n de nueve enteros veintiocho cent&eacute;simas por ciento (9,28%).</li>
</ul>

<p>Aprovechamiento Urban&iacute;stico.- Carece de edificabilidad, constituyendo un espacio libre de propiedad privada.</p>

<p>Limitaciones, cargas y Grav&aacute;menes.</p>

<ul>
	<li>Por raz&oacute;n de su procedencia: Libre de cargas y grav&aacute;menes.</li>
	<li>Por s&iacute;: Afecta a las cargas que gravan las fincas de las que es elemento com&uacute;n.</li>
</ul>

<p>R&eacute;gimen Estatutario.-</p>

<ol>
	<li>Tiene la naturaleza de elemento com&uacute;n o predio vinculado a las fincas con aprovechamiento lucrativo residencial, de manera que la transmisi&oacute;n de cualquiera de ellas lleva consigo la transmisi&oacute;n de la participaci&oacute;n en esta finca.</li>
	<li>Los gastos de conservaci&oacute;n, mantenimiento y reparaci&oacute;n se repartir&aacute;n entre los distintos propietarios o, en su caso, Comunidades de Propietarios de las fincas a las que pertenece en proporci&oacute;n a la cuota de cada una.</li>
	<li>La administraci&oacute;n de este espacio quedar&aacute; bajo el control y direcci&oacute;n de una Junta General de Propietarios o de Comunidades que establecer&aacute; su propio r&eacute;gimen de funcionamiento.</li>
	<li>Las fincas a las que est&aacute; vinculada tendr&aacute;n el acceso al garaje de su edificaci&oacute;n a trav&eacute;s de la misma. La propiedad de cada una de las fincas, salvo acuerdo para la realizaci&oacute;n de un acceso com&uacute;n que sirva a todas, tendr&aacute; derecho a realizar un acceso espec&iacute;fico para tal finalidad.</li>
	<li>Con la excepci&oacute;n derivada de lo anterior, este espacio no podr&aacute; ser cerrado o dividido, configur&aacute;ndose como un espacio de uso com&uacute;n.</li>
	<li>Los propietarios de fincas que dan a este espacio podr&aacute;n abrir huecos recayentes directamente a &eacute;ste en superficie o vuelo, sin necesidad de protegerlos con red y rete, someti&eacute;ndose a las ordenanzas municipales vigentes en la materia.</li>
	<li>Este espacio comunitario ser&aacute; inedificable tanto en superficie como en el subsuelo, con la excepci&oacute;n de los pasillos de acceso a garajes y de las instalaciones correspondientes a las edificaciones que se promuevan en la zona residencial.</li>
</ol>

<p>Inscripci&oacute;n Registral: Figura inscrita en el Registro de la Propiedad n.&ordm; 5 de los de Zaragoza al Tomo 4561, Folio 48, Finca Registral 22.738 (IDUFIR 50021000644165).</p>

<p><strong>SEGUNDO.- </strong>Adjudicar la participaci&oacute;n indivisa de propiedad municipal en la finca descrita en el apartado Primero del presente acuerdo, en favor de la entidad mercantil RESIDENCIAL DEL CANAL S.L con CIF B-22911044, a propuesta de la Mesa de Contrataci&oacute;n celebrada en fecha 6 de julio de 2026, por un importe de TRECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL EUROS (365.000,00.-&euro;), que m&aacute;s el IVA correspondiente suponen una suma global de CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA EUROS (441.650,00.-&euro;).</p>

<p><strong>TERCERO.-</strong> De conformidad con la propuesta presentada por el licitador en el SOBRE C, as&iacute; como lo dispuesto en las cl&aacute;usulas tercera y d&eacute;cima del Pliego de Cl&aacute;usulas econ&oacute;mico-administrativas que han regido la presente licitaci&oacute;n p&uacute;blica, el precio del contrato se satisfar&aacute; al Ayuntamiento de Zaragoza, de conformidad con el calendario de pagos ofertado, en cuanto al 100% del precio (365.000,00.-&euro;, IVA no incluido) con anterioridad al transcurso del plazo de tres meses a contar desde la notificaci&oacute;n de la adjudicaci&oacute;n del contrato, cantidad que deber&aacute; ser incrementada con el IVA correspondiente.</p>

<p><strong>CUARTO.-</strong> El presente acuerdo, que se publicar&aacute; en el Bolet&iacute;n Oficial de Arag&oacute;n, habr&aacute; de formalizarse en escritura p&uacute;blica de compraventa en la fecha que se&ntilde;alar&aacute; el Ayuntamiento de Zaragoza, previo requerimiento efectuado por el Servicio de Administraci&oacute;n de Suelo y Vivienda. Sin perjuicio de ello, con anterioridad a dicha fecha, el adjudicatario del contrato deber&aacute; abonar las tasas correspondientes por anuncios, entregando justificantes ante el Servicio de Administraci&oacute;n de Suelo y Vivienda, as&iacute; como garant&iacute;a definitiva por un importe del 5 % del importe del precio de adjudicaci&oacute;n, en el plazo de un mes desde la notificaci&oacute;n del presente acuerdo.</p>

<p><strong>QUINTO.- </strong>La entidad adjudicataria asume el contenido &iacute;ntegro de los Pliegos de Cl&aacute;usulas Econ&oacute;mico-Administrativas que han regido la enajenaci&oacute;n de las parcelas mediante licitaci&oacute;n p&uacute;blica, as&iacute; como el conjunto de derechos y obligaciones dimanantes del mismo y de la oferta presentada, debiendo as&iacute; constar en el Registro de la Propiedad.</p>

<p><strong>SEXTO.-</strong> Dar traslado del siguiente acuerdo al Servicio de Patrimonio y al Servicio de Contabilidad para su conocimiento y efectos.</p>

<p><strong>S&Eacute;PTIMO.-</strong> Comunicar el presente acuerdo a Patrimonio del Estado, dada su condici&oacute;n de cotitular de la finca n.&ordm; 5 de las resultantes del proyecto de reparcelaci&oacute;n del &Aacute;rea de Intervenci&oacute;n U-36-8, al objeto de que en el plazo de 20 d&iacute;as manifieste su intenci&oacute;n, o no, de llevar a cabo el retracto legal con el fin de subrogarse en las mismas condiciones estipuladas para la venta, de forma que transcurrido dicho plazo sin haber manifestado inter&eacute;s en dicha adquisici&oacute;n se proceder&aacute; a la formalizaci&oacute;n del contrato en favor del adjudicatario propuesto, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los art&iacute;culos 1.521 al 1.524 del C&oacute;digo Civil.</p>

<p><strong>OCTAVO.-</strong> Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Energ&iacute;a y Vivienda, o miembro de la Corporaci&oacute;n que legalmente le sustituya, para la fijaci&oacute;n de plazos y firma de cuanta documentaci&oacute;n precise la debida efectividad del presente acuerdo.</p>

<p>Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirti&eacute;ndole que contra el presente acuerdo que pone fin a la v&iacute;a administrativa, podr&aacute; interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICI&Oacute;N en el plazo de un mes desde el d&iacute;a siguiente a la recepci&oacute;n de esta notificaci&oacute;n o directamente RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo, en el plazo de dos meses, todo ello seg&uacute;n lo previsto en los art&iacute;culos 10, 45 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicci&oacute;n Contencioso- Administrativa, en relaci&oacute;n con el art&iacute;culo 52 de la Ley Reguladora de las Bases del R&eacute;gimen Local y art&iacute;culos 114 y concordantes de la Ley 39/2.015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Com&uacute;n de las Administraciones P&uacute;blicas</p>

<p>I.C. de Zaragoza a 31 de Julio de 2026. EL SECRETARIO GENERAL, P.D. LA JEFA DEL SERVICIO, Fdo. M.&ordf; Teresa Barrao S&aacute;nchez</p>
]]></contenido></aviso>